
FONDO DE ASISTENCIA LABORAL- FAL: lo que todo empleador necesita saber
Desde noviembre de 2026, los empleadores en Argentina deberán contratar una cuenta especial —el Fondo de Asistencia Laboral (FAL)— para acumular fondos destinados a futuras indemnizaciones. A continuación, te explicamos de qué se trata, cómo funciona y qué pasos debés seguir para no incumplir con esta nueva obligación.
¿QUE ES LA CUENTA FAL?
Es una nueva cuenta en donde el empleador acumula
fondos para pagar indemnizaciones
ante desvinculaciones de empleados.
¿COMO SE FINANCIA?
Con parte de los pagos que se hacen mediante F931. Se
implementará desde el mes de noviembre.
Calculo: dos comas cinco
por ciento (2,5%) de las remuneraciones que se toman como base para el cálculo
de las contribuciones patronales con destino al SIPA de cada trabajador
ARCA lo reasigna e ingresa en la cuenta FAL contratada por
el empleador
¿COMO TENGO QUE CONTRATAR LA CUENTA FAL?
El empleador se debe contactar con alguna
institución autorizadas por la CNV como por ejemplo bancos.
Hay
instituciones que están haciendo bonificaciones en las comisiones.
La entidad habilitada le asignará al empleador un ID
FAL identificador único y este deberá informarlo a ARCA
¿HASTA CUANDO TENGO TIEMPO DE CONTRATAR LA CUENTA FAL?
El 1 noviembre del 2026 comienza a regir el presente
régimen por lo que antes de la presentación del F931 de ese mes deberá
declararse el ID FAL.
¿QUE PASA SI NO LA CONTRATO?
ARCA te designara una.
Sin
perjuicio de las sanciones correspondientes por infracción a los deberes
formales, ARCA informará a la CNV, la cual procederá a asignar de oficio un prestador.
¿ME PUEDO CAMBIAR DE PRESTADOR DE FAL?
Si puedo cambiar prestador,
pero hay condiciones:
*Que no existan obligaciones de
pago pendientes de cumplimiento respecto de la cuenta a transferir *Que la
transferencia se realice conforme a los criterios que establezca la (CNV)
*Y que se comunique a ARCA, en
la forma y plazo que esta establezca.