
Novedades en Comercio Exterior: prórrogas y simplificaciones para operadores
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó dos resoluciones que impactan directamente en quienes operan en comercio exterior: importadores, exportadores, despachantes de aduana y empresas que utilizan el régimen de courier. A continuación, te contamos de qué se trata cada una y qué implicancias tienen para tu operatoria.
Se prorroga la vigencia de las garantías de actuación
Mediante la Resolución General 5881/2026, ARCA extendió
hasta el 30 de septiembre de 2026 (inclusive) el plazo de
vigencia de la solvencia económica que los operadores de comercio exterior
deben acreditar mediante garantías de actuación.
Esta obligación alcanza a quienes están inscriptos en los Registros
Especiales Aduaneros (Resolución General N° 2.570 y sus
modificatorias) y que, para mantener su habilitación, necesitan sostener
vigente esa garantía conforme lo establece la Resolución General N° 3.885.
¿Por qué se otorgó esta prórroga? La medida está vinculada
a la extensión previa de los plazos para presentar las declaraciones juradas y
pagar los impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y Cedular del
período fiscal 2025. Como la acreditación de solvencia económica se evalúa
junto con estas obligaciones tributarias anuales, ARCA decidió unificar los
tiempos administrativos para no generar inconsistencias entre ambos procesos.
¿Qué significa esto en la práctica? Si tu empresa está
inscripta en los Registros Especiales Aduaneros y debía renovar o presentar su
garantía de actuación, ahora contás con más tiempo: la fecha límite pasa a ser
el 30 de septiembre de 2026. Esto evita que se generen incumplimientos formales
mientras se completan las presentaciones impositivas correspondientes.
La norma entró en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín
Oficial (29/07/2026).
Courier: más facilidades para exportar
A través de la Resolución General 5883/2026, ARCA modificó
el régimen de importación y exportación simplificada mediante Prestadores
de Servicios Postales (PSP/Courier), actualizando la normativa que
regía desde la Resolución General N° 5.608/2024.
El cambio más relevante es la eliminación del límite de valor FOB de
US$ 3.000 por envío para las exportaciones realizadas bajo esta
modalidad. Hasta ahora, ese tope regía tanto para importaciones como para
exportaciones; a partir de esta reforma, las exportaciones por courier ya no
tienen restricción de monto.
Esta modificación busca facilitar el acceso a mercados internacionales,
especialmente para pymes y pequeños exportadores que utilizan el courier como
vía ágil para vender productos argentinos al exterior sin verse limitados por
el valor de la mercadería.
Además de este punto central, la resolución incorpora otros cambios
operativos:
- Simplificación en importaciones:
para determinados pequeños envíos alcanzados por beneficios fiscales (en
el marco del Decreto 1.065/2024), ya no será necesario consignar la
posición arancelaria.
- Digitalización y trazabilidad:
los Prestadores de Servicios Postales deberán conservar las constancias
digitalizadas de entrega por un plazo de cinco años posteriores a la
prescripción de la acción del fisco, reforzando el control sin sumar
cargas adicionales a los usuarios.
- Actualización dinámica de procedimientos:
las pautas operativas complementarias se publicarán en el micrositio
"Envíos internacionales" de ARCA, lo que permitirá
actualizaciones más ágiles sin necesidad de nuevas resoluciones.
La norma entró en vigencia a partir del 30 de julio de 2026.
En resumen
| Resolución | Tema | Punto clave | Vigencia |
| RG 5881/2026 | Garantías de actuación | Prórroga del plazo de solvencia económica | Hasta el 30/09/2026 |
| RG 5883/2026 | Régimen Courier | Elimina el tope de US$ 3.000 FOB para exportar | Desde el 30/07/2026 |